Valoración de Mercancías Adquiridas
a través de Portales de Internet
a través de Portales de Internet
Valoración de Mercancías a través de portales de Internet |
Tratándose de mercancías adquiridas a través de portales de #Internet, excepcionalmente podrá aceptarse como sustento del valor declarado un documento análogo a la factura comercial siempre que las mercancías no tengan carácter comercial y se encuentre debidamente sustentado el pago efectuado.
Este documento debe consignar como mínimo la siguiente información:
- Nombre del vendedor
- Dirección del vendedor
- Nombre del comprador
- Adjuntar abono de transferencia pagada al proveedor por el importe facturado
- Nombre y dirección de la persona a quien se dirige la mercancía (si es diferente al comprador)
- Lugar de adquisición
- Descripción de la mercancía. Se alienta a que la descripción sea lo más completa posible, para coadyuvar a la verificación del valor efectuada por la Administración.
- Cantidad Unitaria y total
- Precio Unitario y total
- Moneda de la transacción comercial (Modificado por R.I.N. 001-2015-SUNAT/5F000 del 16.07.2015)
- Especificaciones Técnicas
- Factura Comercial Original
- Adjuntar página web link de los precios ofertados de la mercancía
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